ASPECTOS PRACTICOS DE LA DIPLOMACIA PARTE 2


Juramentación del Embajador.
La juramentación del Jefe de la Misión puede ser hecha por el Presidente de la República o por el Canciller e incluso por el Director General del Despacho si hubiese necesidad. Es un acto bastante solemne el cual queda registrado en los libros que se llevan al efecto. Tiene lugar, como ya se menciono, después de los trámites administrativos necesarios para ello.

Publicación en la Gaceta Oficial.
 Es de señalar que todos estos trámites administrativos (autorización de la Asamblea y nombramiento)  deben ser publicados en la Gaceta Oficial. Cumplida esta formalidad, el Embajador designado comienza los preparativos de su viaje.

Despedida del Presidente.
 Antes de viajar el Jefe de Misión  debe despedirse del Presidente para cuyo efecto solicita una entrevista por intermedio de la Dirección General del Protocolo. Durante la misma el Jefe de Estado le suele recomendar como desea la orientación que debe dar a su Misión y acostumbra decirle que incluso pudiera, el Embajador, llamarlo o escribirle directamente si así lo desea. Esta  sugerencia del Presidente,  no es más que un acto de cortesía del Jefe del Estado, al que no debe recurrirse directamente ya que la instancia del diplomático es el Canciller. Algunos Embajadores, sobre todo los políticos, si acostumbran utilizar esta vía la cual, no es que este prohibida, sino que debe ser vista con cautela para evitar las suspicacias e  incomodidades que tal acción pudiera generar al titular del Despacho en el que él se desempeña.

Partida y recibimiento del Embajador
 Queda  todo listo para  la partida del Embajador, quien, por supuesto debió haber participado el viaje, días antes a su futura Embajada. Los funcionarios que lo esperan en su nuevo destino, y muy especialmente el Encargado de Negocios Ad Ínterin,  abran tomado  las previsiones  en ese sentido,  comunicando personalmente y por escrito al Director del Protocolo, el día y hora en que llega el Embajador, y cual línea  aérea u otro medio de transporte habría de utilizar. Esta información permite la recepción oficial del Gobierno, junto con las facilidades debidas al nuevo funcionario. Durante el recibimiento, en la escalerilla del avión en la mayoría de los casos, el Encargado de Negocios, el Director del Protocolo y demás funcionarios de la Embajada reciben conjuntamente al Embajador y lo llevan al salón V.I.P  (Very  Important  Person), del aeropuerto, en el cual, seguramente se encontraran otros empleados, personas vinculadas a la Embajada y connacionales  que desean saludarlo. Es posible prever algún brindis allí o en la Residencia, para celebrar la llegada del  Jefe de Misión. Durante las conversaciones, el Director del Protocolo le indica la fecha en la que será recibido por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Presentación de las Copias de Estilo al Canciller del país Receptor
Unos días después, cuando es notificado sobre esta audiencia, el Embajador concurre con el Encargado de Negocios y allí hace entrega de las Copias de Estilo al titular de la Cancillería. Tiene lugar una conversación de una media hora, y el Ministro, luego de desearle éxito en sus funciones, le indica que en pocos días lo llamaran para comunicarle cuando lo recibirá el Presidente para  la entrega de las Cartas Credenciales. Es de hacer notar que a los efectos diplomáticos, el Embajador aun no ha entrado en funciones por lo que el Jefe de Misión interino continúa siendo el Encargado de Negocios. Tan solo para su país, el Embajador está en capacidad de actuar como tal.

Presentación de las Cartas Credenciales
Mientras el Embajador prepara un bosquejo de lo que piensa conversar con el Jefe del Estado receptor, debe ser informado por su personal acerca del Protocolo y Ceremonial que se acostumbra a los efectos de la presentación de las Cartas Credenciales, e igualmente como ha de ser la vestimenta y la Etiqueta  ya que la misma varía según el país de que se trate y la época en que tendrá lugar este importante acto. En algunos países del Medio Oriente, por ejemplo, se acostumbra traje blanco durante el verano y palto levita o jacket en el invierno. Otros países sugieren el traje oscuro y los monárquicos, prefieren en ocasiones el Palto Levita o el Frac. Los Jefes de Misión  utilizarán para la ocasión sus respectivas condecoraciones si las poseen. Cuando es informado del  día y hora  para  presentar las Cartas Credenciales le preguntan si prefiere que la comitiva  vaya a buscarlo  a la Embajada, también llamada Cancillería o a la Residencia. En algunos países, estos trámites llamados  Protocolo de Estado o Ceremonial Diplomático, que empiezan cuando el Embajador llega a su destino, comportan un estilo diferente.

El Embajador se dirige al Palacio Presidencial para entregar sus Cartas Credenciales
 En aquellos países donde existen Cortes Reales, como Gran Bretaña, Holanda, Bélgica, España y otros, se acostumbra  buscar al Embajador en carruajes y atuendos propios de las monarquías, mientras que en otros el Protocolo y el Ceremonial son más sencillos y se limitan a una comitiva de varios automóviles oficiales escoltados por varias motos. Es conveniente señalar que en todo caso, las banderas de ambos países, Receptor y Acreditante, son colocadas a ambos lados del vehículo que transporta al Embajador. En el primero de ellos se encuentra también, junto al Jefe de Misión, su esposa, si lo desea y  el Director del Protocolo y en el segundo un asistente de Protocolo con el Encargado de Negocios. En el tercer vehículo irán otros funcionarios y algunos familiares del Embajador designado. La comitiva parte del lugar y se dirige al Palacio Presidencial. Resultan momentos interesantes conocer que el Jefe del Estado aguarda por el Embajador; de allí que las vías se encuentran despejadas para recibirlo a tiempo gracias al trabajo de las escoltas.

El Embajador llega a Palacio
 Al llegar a Palacio, e  inmediatamente descender de los automóviles, suenan las notas del Himno Nacional de Venezuela, al término del  cual, el Embajador pasa revista, a una Guardia de Honor que allí se encuentra. A su lado el Director del Protocolo, detrás el Encargado de Negocios y demás funcionarios. Lo recibe el Director del Ceremonial quien le hace algunas indicaciones sobre cómo se desarrollará el acto. Le pregunta en qué idioma desea expresarse, la forma del Salón donde lo aguarda el Presidente y le informa que otros funcionarios estarán allí y como debe proceder a la entrega de las Cartas Credenciales.

Entrega de las Cartas Credenciales
Acto seguido, lo conduce a las puertas del Salón y allí, alfombra de por medio, se encuentra el Jefe del Estado en un extremo. El Embajador avanza y se detiene en  el  extremo opuesto  donde se encuentra el Presidente a quien saluda  protocolarmente,  incluido el término  Excelentísimo”, en la mayoría de los países, y  Honorable” en otros.  Le hace saber, siempre de una manera muy respetuosa, que le trae un saludo de su Jefe de Estado y que se siente muy feliz de estar representando a su país. Es de advertir que lo normal es que el Embajador pronuncie las palabras de salutación en su propio idioma, que es lo correcto y que el Jefe del Estado igualmente conteste en el suyo. En el supuesto de que ambos hablen el mismo idioma, no hay problema alguno, pero si se trata de lenguas diferentes, se utiliza un intérprete que está ubicado entre ambos. Al término de las palabras del Embajador responde el Presidente y al finalizar éste los dos avanzan y se encuentran en medio de la alfombra, momento en el cual el Embajador hace entrega de sus Cartas Credenciales, conjuntamente con las Cartas de Retiro del Embajador precedente. El Jefe de Estado las toma y las pasa al Canciller. Es el momento de estrecharse las manos. El Embajador presenta al hasta entonces Encargado de Negocios y  demás funcionarios de su Misión y luego, el Presidente invita al Embajador a una conversación en ese mismo Salón a la cual en algunos países asiste también el Encargado de Negocios y en otros no.

Conversación entre el Presidente del país Receptor y el Embajador
 Como el Protocolo y el Ceremonial varían en muchos países, aunque conservan la esencia misma de estos menesteres, el Presidente puede tomar asiento en un sofá y ubicar a su derecha o  izquierda al Embajador, o bien puede utilizar sillas o butacas dispuestas para tales fines. Ambos comienzan una conversación que normalmente inicia el Jefe de Estado, en la cual solo intervienen ellos nada más y el intérprete si es necesario. Es un dialogo que normalmente dura una media hora, tiempo suficiente si se toman en cuenta las múltiples ocupaciones de un Presidente. Se conversa de las relaciones bilaterales, de sus países, se pasa revista a diferentes tópicos comerciales que pueden estar relacionados con la economía, asuntos de carácter político, cultural y muchos otros. Al poco tiempo,  unos cuarenta  minutos o media hora, se sugiere al Embajador estar pendiente de esos pequeños detalles no escritos que  hacen suponer que el Jefe de Estado desea poner punto final a la conversación. Una mirada al reloj, por ejemplo, por parte del Presidente, pareciera llevar un mensaje. Una leve acentuación de las palabras de este o alguna otra señal como adelantarse un poco de su asiento, igualmente pudiera sugerir que  la conversación estaría por concluir. El Embajador debe tener presente esos pequeños detalles y manifestaciones gestuales porque sería inelegante, en el supuesto de que no se hubiese dado cuenta, que no  quede otra alternativa, al Jefe de Estado que poner punto final a la entrevista, diciendo por ejemplo: Embajador, que le vaya bien y será hasta otra oportunidad. Al finalizar la conversación, ambos se despiden y el Director del Ceremonial acompaña al Embajador y al Encargado de Negocios hasta la puerta por donde habían entrado. Al salir, la Guardia de Honor que aún permanece en el sitio rinde honores al nuevo Jefe de Misión quien antes debe escuchar el Himno Nacional del país Receptor. La comitiva parte de la misma forma como llego y regresa a la Residencia o a la Embajada dando así comienzo  a sus nuevas funciones diplomáticas. Queda de esta manera registrada el día y la hora de la Precedencia del Embajador. 

Ceremonial Diplomático para Embajadores extranjeros. Inicio y terminación  de la Misión Diplomática en Venezuela.
El Ministerio de Relaciones Exteriores, por medio de la Dirección General del Protocolo, establece una serie de pautas de obligatorio cumplimiento en esta materia. Ellas son las siguientes:

Inicio de la Misión Diplomática.

1.La Representación Diplomática informará con suficiente antelación al Ministro de Relaciones Exteriores, por nota verbal, la fecha, numero de vuelo y hora de llegada a Venezuela del nuevo Jefe de Misión y sus acompañantes, para que se le puedan dispensar las atenciones de estilo y se le otorguen las facilidades inherentes a su rango.
2.El nuevo Jefe de Misión Serra recibido en el Aeropuerto de Maiquetía o  en el Puerto de La Guaira, por un alto funcionario de la Dirección del Protocolo del M.R.E., quien le dará la bienvenida en nombre del Gobierno Nacional, y le ayudará con los trámites de ingreso. Los Jefes de Misión no residentes en Venezuela serán acompañados por el funcionario del Protocolo hasta el sitio donde se hospedarán. Los Jefes de Misión que ingresen a Venezuela por otra vía, distinta de las mencionadas, serán saludados en su Residencia por un funcionario del Protocolo.
3.La Representación Diplomática solicitará en Nota Verbal, a la Dirección del Protocolo, las audiencias de rigor con el  Director del Protocolo y el señor Ministro de Relaciones Exteriores.
4.La Dirección del Protocolo informara por Nota Verbal o telefónicamente, la fecha y hora de la audiencia. Un funcionario del Protocolo recibirá al nuevo Jefe de Misión y lo conducirá a la presencia del Director del Protocolo quien lo acompañará al Despacho del Canciller. Durante esta visita, el nuevo Jefe de Misión entregará al Señor Ministro las Copias de Estilo (de sus Credenciales y de Retiro de su antecesor), si este no la hubiese hecho llegar. Cuando se trata de un Encargado de Negocios Ad Hoc, este solo entregará sus Cartas de Gabinete que le acreditan como Jefe de Misión ante el Señor Ministro de Relaciones Exteriores.
5.La Dirección del Protocolo se encargará de solicitar del Ministerio de la Secretaria de la Presidencia, la fijación del día y la hora de la audiencia solemne para presentación de las Cartas Credenciales del Nuevo Embajador o del Nuncio Apostólico. Así mismo, la Dirección del Protocolo llevará a cabo, con la Dirección del Ceremonial y Acervo Histórico de la Nación, del Ministerio de Relaciones Interiores, los arreglos necesarios para el Ceremonial de la Ofrenda que el Nuevo Embajador o el Nuncio, depositará en el Panteón Nacional después de la ceremonia de presentación de Credenciales. (Las gestiones para la adquisición de la ofrenda floral, deberán ser hechas directamente por la Misión Diplomática interesada). 
6.La Dirección del Protocolo participara por Nota Verbal o telefónicamente a la Misión Diplomática, los particulares mencionados en el “numeral 5”. El traje de estilo para esas ceremonias, es Traje oscuro o  Traje Nacional del país.
7.En la fecha fijada para la ceremonia, funcionarios de la Dirección del Protocolo se trasladarán a la Residencia Oficial del Jefe de la Misión, con el objeto de conducirlo con su séquito al Palacio de Miraflores.
8.En la Residencia, el funcionario de mayor rango en la Dirección del Protocolo hará una explicación del Ceremonial para la presentación de Cartas Credenciales, y a la hora conveniente, invitará al Embajador designado o Nuncio a pasar a los automóviles para desplazarse hacia el Palacio de Miraflores
9.El Jefe de la Misión (Embajador designado) ocupará el primer automóvil e irá acompañado por el funcionario del Protocolo de mayor rango o antigüedad, quien se sentará a su izquierda y Serra precedido por dos escoltas motorizados. En los demás vehículos, viajaran los funcionarios del Protocolo, en estricto orden de Precedencia, de tal forma que el funcionario de la Misión, quien actúa en calidad de Encargado de Negocios A Ínterin, viajará en el automóvil distinguido con el numero dos (2), acompañado por el funcionario que siga en rango o antigüedad, y así sucesivamente.
10.Cuando el automóvil que traslada al Jefe de Misión llegue al Palacio de Miraflores, la banda de guerra ejecutara el Toque de Embajadores hasta que el vehículo se detenga frente a la puerta sur del Palacio.
11.En esta puerta, el Director del Protocolo y el Jefe de la Casa Militar recibirán al Jefe de Misión y sus acompañantes. Efectuadas las presentaciones y  los saludos de rigor, el Director del Protocolo se situará a la derecha y el Jefe de la Casa Militar a la izquierda del Jefe de Misión, mirando hacia la Unidad de Parada El resto de la comitiva se colocará detrás de los tres. El Comandante de tropa ordenara  presentar armas y la banda marcial tocara el Himno Nacional del país del Jefe de Misión. Este ingresará después al Palacio seguido del resto de la comitiva, y Serra conducido al Salón de Embajadores donde aguardará el momento de la audiencia. El Director del Protocolo, con la venia del Jefe de la Misión, abandonara el Salón de Embajadores para anunciar al Primer Magistrado la presencia del Representante Diplomático y su séquito. (En el caso de que otro Jefe de Misión le haya precedido inmediatamente en la presentación de Credenciales, Serra conducido directamente de la Puerta del Palacio al Salón “Sol del Perú”.
12.El Presidente de la República, acompañado por el Ministro de Relaciones Exteriores, escoltado por los Edecanes de Guardia  de la Casa Militar y los Edecanes de Guardia, se trasladará desde su Despacho al Salón “Sol del Perú”. Durante este recorrido se tocara un redoble de tambor. Cuando el Jefe de Estado llegue a las puertas del Salón, el Comandante de tropa mandará presentar armas y la Banda Marcial, situada en el patio interior del Palacio interpretará el Himno Nacional de Venezuela.
13.El Primer Magistrado ocupará en el Salón “Sol del Perú”, el Sillón Presidencial, debajo del retrato de  El Libertador. A la derecha del Presidente se dispondrá un asiento  para el Jefe de Misión y a su izquierda se sentará el Ministro de Relaciones Exteriores, o en su ausencia, el Encargado de ese Despacho. El Jefe de la Casa Militar solicitará la venia para regresar al Salón de los Embajadores y conducir al nuevo Jefe de Misión y su séquito, a la audiencia.

14.El Jefe de Misión Serra conducido al Salón “Sol del Perú”, por el Director del Protocolo, quien irá a su derecha y por el Jefe de la Casa Militar a su izquierda. Detrás irán los miembros de la Misión Diplomática y funcionarios del Protocolo.
15.Ya en el Salón Sol del Perú, el Director del Protocolo anunciará al Embajador designado quien se adelantara para entregar al Señor Presidente de la República las Cartas Credenciales y cambiar los saludos de estilo. El Jefe de Estado recibirá las Credenciales y las pasará al Canciller. El Jefe de Misión tomará asiento a la derecha del Presidente y los integrantes de la Misión Diplomática ocuparán los puestos que le serán señalados a la derecha del Mandatario. El Director del Protocolo, el Jefe de la Casa Militar, los funcionarios del Protocolo y los Edecanes se colocarán a la izquierda
16.El Presidente y el Embajador conversan durante unos minutos. Terminada la audiencia, el Jefe de Misión presentará al Presidente los funcionarios diplomáticos de la Embajada, quienes, cumplido este acto regresarán a sus sitios. El Jefe de Misión se despedirá del Presidente y del Ministro de Relaciones Exteriores. Los demás miembros de la Misión se retirarán haciendo una venia. El Embajador, al momento en que va a salir, voltea hacia el Presidente y le hace una reverencia. El Director del Protocolo y el Jefe de la Casa Militar acompañarán al Jefe de Misión en la misma forma  que lo hizo a la llegada. Al llegar a la puerta sur del Palacio se detendrán para escuchar el Himno Nacional de Venezuela, y cuando abandonen el Palacio, la Guardia de Honor permanecerá  armas al hombro. El Director del Protocolo regresará al Salón “Sol del Perú”  para informar al Presidente la terminación del acto. El Presidente en compañía del Canciller y del Director del Protocolo, escoltado por el Jefe de la Casa Militar y los Edecanes, se trasladará de regreso a su Despacho. Durante el recorrido se interpretará la Marcha Presidencial.
 



 
Ofrenda Floral ante el Sarcófago del Libertador. Ceremonial de Estilo.
                             
1.La Misión Diplomática, acompañada en la misma forma que se establece en el “ordinal 9”, se desplazará hacia el Panteón Nacional, donde el Jefe de Misión colocará una ofrenda floral ante el Sarcófago de El Libertador.
2.A las puertas del Panteón Nacional, el Conservador del mismo recibirá al Jefe de Misión y sus acompañantes. Efectuadas las presentaciones y los saludos de rigor, el Conservador se situará a la izquierda del Jefe de Misión, el funcionario del Protocolo de mayor rango a la derecha, y avanzarán hacia el Sarcófago seguidos por el resto de la Comitiva en orden de Precedencia.
3.Por invitación del Conservador El Jefe de Misión y los funcionarios de la Embajada subirán al atrio del Panteón. Frente al Sarcófago de  El Libertador, el Jefe de Misión hará una breve inclinación de cabeza y el Conservador le indicará colocar la corona que previamente ha sido dispuesta por la Misión Diplomática.
4.El Jefe de Misión y el segundo Miembro de la Embajada, trasladarán la corona floral hasta el pie del Sarcófago.
5.Una vez colocada la ofrenda, el oferente, su acompañante y el Conservador, retrocederán un paso atrás, inclinarán brevemente la cabeza, darán media vuelta y volverán a su sitio original y de inmediato se dará lectura del Acta.
6.Leída el Acta el Conservador invita al oferente, al segundo de su Misión y a los dos funcionarios del Protocolo a firmar el Libro de Honor.
7.Al concluir el acto de la firma, se inicia el retiro, bajando primero del atrio el Jefe de Misión con el Conservador del Panteón a su derecha y el funcionario del Protocolo a su izquierda, seguidos por su séquito y demás funcionarios del Protocolo.
8.En la puerta principal serán despedidos por el Conservador del Panteón. El regreso a la Residencia Oficial del Embajador o del Nuncio, será en la misma forma que se establece en el “Ordinal 9.”
Una vez finalizados los actos correspondientes a la presentación de las Cartas Credenciales, es costumbre que el Embajador invite al Director del Protocolo a compartir con los funcionarios de su Embajada un brindis.
 
Terminación de la Misión.
1.El Jefe de Misión solicitará por Nota Verbal, una audiencia con el Señor Ministro de Relaciones Exteriores para despedirse.
2.El Director del Protocolo lo recibirá 15 minutos antes de la audiencia concedida por el Canciller. La Dirección del Protocolo le informará al Jefe de Misión sobre el día y la hora fijada por el Señor Presidente para la audiencia de despedida.
3.La Embajada informará por Nota Verbal, la fecha, hora y número de vuelo de salida del país del Señor Embajador, a fin de utilizar las disponibilidades del Salón Especial del Aeropuerto, donde será despedido con honores, por un alto funcionario del Protocolo.
 
CAPÍTULO VIII
Una vez cumplidos los requisitos protocolares inherentes a la presentación de sus Cartas Credenciales, el Embajador debe inmediatamente comunicarlo a su Gobierno y proceder a tomar contacto con la realidad del país donde está acreditado. Lo primero es conocer a su equipo de colaboradores a los fines de distribuir el trabajo por áreas, en función de las jerarquías de su personal y de las capacidades y conocimientos del mismo. Fijadas las responsabilidades solicitará audiencia con el Decano del Cuerpo Diplomático  y con algunos Ministros así como con destacados representantes de los otros poderes públicos y simultáneamente comenzará la llamada “tournée diplomatíque”, que no es otra cosa que las visitas, previa consulta por secretaria, con  los Embajadores, allí acreditados, los cuales, según el país, pueden oscilar estar entre 50 y100. En materia de visitas, ésta práctica funciona de diferentes maneras. En muchos países se acostumbra visitar a todos los Embajadores que tienen mayor Precedencia, es decir,  a los que presentaron sus Cartas Credenciales antes que él y no se visita a los Encargados de Negocios. Las visitas realizadas comportan la devolución de las mismas, lo que supone que en los dos primeros meses de funciones, la agenda del Jefe de Misión estará bastante comprometida. Es de notar que aunque no se visitan a los Encargados de Negocios, como ya se mencionó, si se aceptan las visitas de estos, sean Ad Hoc o Ad Ínterin, reciprocándoles la cortesía mediante una tarjeta firmada remitida por correo. 
En otros países se acostumbra a visitar los Embajadores por áreas, por ejemplo a los del GRULAC: Grupo de países latinoamericanos y del Caribe,  según el origen del Embajador. Otros visitan primero a  los Grupos Europeos, Afroasiáticos e incluyen además unos cuantos Embajadores que por su importancia es deseable conocer. La razón de ser de estas visitas no es solamente la de cumplir compromisos protocolares, por el contrario, las mismas son de extraordinaria importancia porque en el intercambio de opiniones durante estas visitas de entre 30 y 45 minutos de duración, sin que esto signifique un lapso fijo, se adquiere amplia información sobre el país donde se está acreditado, vista desde la óptica de personas que tienen conocimiento previo de la situación que allí se vive. Estas conversaciones suelen ser francas y  provechosas y  sirven de punto de partida al nuevo Jefe de Misión sobre muchos hechos y realidades que sin duda le serán muy útiles en sus labores.

Despedida y recibimiento de Embajadores durante la Tournée Diplomática
Durante estas visitas, en el recibimiento y despedida de los Embajadores, se habrá tomado la debida previsión en el sentido de hacerle grato al visitante la cortesía que debe existir en estos casos. Es deseable que el Jefe de Misión instruya a uno de sus funcionarios diplomáticos, de menor nivel, preferiblemente un Tercer Secretario o Segundo, de esperar cerca de las puertas de la Embajada, pocos minutos antes de la llegada, del visitante para conducirlo hasta las oficinas del Embajador. Este es un gesto muy apreciado y al mismo tiempo criticado cuando no se ha actuado de esta manera.
La practica resulta más que evidente al comunicar al lector que en algunas oportunidades, muy pocas afortunadamente, pareciera que el Jefe de Misión al que va a dispensársele una visita previamente acordada, no supo, no entendió o no estaba familiarizado con estos procederes, cuando no tomo estas previsiones y no tenia  personal diplomático o inclusive local si fuese el caso esperando al visitante. Este hecho, aparentemente simple y sin consecuencias, ha llegado incluso a desagradar de tal manera a  muchos Embajadores,  que no ocultaron su molestia por la descortesía  de que fueron objeto. En términos de visitas entre Jefes de Misión, se considera que la reciprocidad, regla de oro de toda diplomacia, obliga a devolver la visita y sin embargo, son muchos los ejemplos en los que la devolución  no ha sido hecha lo que es  visto con recelo e incomodidad por los Embajadores afectados quienes al término de su Misión, acostumbran dejar una carta cerrada a su sucesor, sugiriéndole,  entre muchos otros asuntos, que no visite a quien no le devolvió la visité

Libros de Condolencias
Como es natural, suele ocurrir el fallecimiento de alguna persona de mucha importancia en cualquier país, o bien el de un diplomático. En casos como este, los respectivos gobiernos ordenan a sus Embajadas abrir un Libro de Condolencias para recibir el pesar de quienes deseen hacerlo.
Donde conseguirlo
 Seguramente el lector se habrá preguntado en donde puede conseguirse un libro como tal y la respuesta no es nada fácil pero tampoco imposible de lograr. Lo que se acostumbra es, si no fuese posible conseguir,  utilizar un cuaderno grande y elegante, al que se añade una cinta negra que de inmediato lo transforma en el famoso Libro de Condolencias.
Que debe hacer la Embajada que recibe las Condolencias
La Embajada o Institución que va a recibir las manifestaciones de duelo, debe hacer los preparativos correspondientes colocando el Libro en un atril o sobre una mesa elegante. En el supuesto de que sea un  Presidente, Ex Presidente, Ministro, Embajador o alguna personalidad   que haya fallecido, puede ubicarse una foto suya  a la cual se adhiere una cinta negra  cerca del Libro  a ser firmado. La Embajada  enviará una Nota Circular a todas las Misiones acreditadas en el país y  publicará en los diarios de mayor circulación, la nota respectiva haciendo saber quien ha fallecido y en qué fecha. Igualmente, informará que en tal sentido un Libro de Condolencias estará  a disposición de quienes deseen firmarlo, en la Embajada o en la Residencia, según se prefiera, durante dos, tres o cuatro días, en el horario que se haya acordado.

Como actuarán quienes van a expresar las Condolencias.
Al recibir la comunicación que le ha sido enviada por medio de  Nota Verbal, o  Fax,  el Embajador o el Encargado de Negocios según el caso, acudirán al sitio señalado donde seguramente se encontrarán con sus homólogos  dispuestos igualmente  a expresar sus sentimientos. Una vez llegado su turno, se le  puede dar  verbalmente el pésame al anfitrión, si se encuentra en ese momento de guardia, y  pasar a firmar el Libro. Previamente  se escribe un mensaje de solidaridad que deja constancia de la irreparable pérdida que aflige a la Embajada y al país convocante. Al acto debe asistirse con  solemnidad y  vestimenta adecuada y  actuar conforme a la significación que posee un acto de esta naturaleza.

El Jefe de la Misión en Actos Oficiales
Cuando el Gobierno desea convocar al Cuerpo Diplomático, se lo hace saber por medio de una Nota Circular en la cual  expresa el objeto de la Convocatoria. Normalmente se trata de  invitación a un acto público en el cual se cumplirá con el Ceremonial previsto para intervenciones del Jefe del Estado,  del Primer Ministro,  del Canciller o de alguna otra personalidad relevante que justifique la convocatoria. En casos como estos, la asistencia es obligatoria y se suele  disponer de filas de asientos especialmente para ser ocupados por los Jefes de Misión por orden de llagada.
En otros casos, será necesaria la observancia de la Precedencia correspondiente a los Embajadores, a objeto de no herir susceptibilidades innecesariamente. No se puede estar invitando al Cuerpo Diplomático para actos que no tengan  importancia.  Se reciben invitaciones para actos menos formales, por ejemplo, actos culturales, universitarios, deportivos etc. En casos como estos, la asistencia de los Jefes de Misión, puede ser delegada en otro funcionario de su Embajada en el supuesto de que su agenda  le impida asistir. Normalmente, debe hacerse acto de presencia a todos los compromisos oficiales. En el caso  de  una reunión  política, se deben tomar notas  y de estar permitido formular las preguntas que se estimen necesarias. El Jefe de la Misión  informará a su Gobierno de los aspectos  más relevantes ocurridos durante la reunión. Existen, desde luego otro tipo de invitaciones, de carácter social  las cuales se mencionarán en otro capítulo.

El trabajo del Embajador.
Actividades
Son muy conocidas las actividades, también llamadas funciones del agente diplomático. Las leyes del Servicio Exterior de los distintos países, al igual que las disposiciones contenidas en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, del año 1961, suscrita por la casi totalidad de los países, señalan cuales son las principales actividades y funciones  que el diplomático debe cumplir; las cuales pudieran resumirse en los siguientes verbos: Representar, Observar, Proteger, Negociar e Informar. Lo anterior quiere decir que el funcionario diplomático, válido también para el consular debe, al llegar a su destino, comenzar a observar su entorno así como la vida costumbres y tradiciones del país donde ha sido acreditado con la idea de formarse una sólida impresión acerca de la naturaleza del cargo que va a desempeñar y de lo que allí acontece.
 El funcionario debe al mismo tiempo, por todos los medios posibles a su alcance, proteger a sus connacionales e igualmente los bienes del Estado que lo envía. Representar a su país en todos los actos y solemnidades que exijan la presencia del Cuerpo Diplomático con decoro, con dignidad sin olvidar que las elevadas funciones que ostenta lo comprometen no solamente a él sino también  a su país. Poner especial atención a todo aquello que sea susceptible de ser  informado a su gobierno. Los informes elaborados por los diplomáticos deben poseer, además de la sustancia inherente a un buen  trabajo de investigación, un estilo propio de los usos y costumbres de una Cancillería.

El Negociador
 El funcionario diplomático debe ser, por definición, un negociador. Las habilidades en este sentido no son fáciles de adquirir y el diplomático debe apelar a su intuición para sacar provecho de cualquier negociación. Debe ser muy cauto en sus apreciaciones y no ceder en sus convicciones, mucho menos si no está autorizado para ello. El diplomático mientras negocia debe tener presente tres elementos importantes de cualquier negociación: Información, Poder y Tiempo. Lo anterior sin olvidar que no debería nunca mantener un carácter  obcecado y mucho menos ser intransigente al momento de negociar., Ya que esta figura  la intransigencia, es capaz de matar cualquier negociación por muy elaborada que se encuentre.
 
Formación académica
El funcionario que ostente el rango de Embajador, debe estar consciente de que ocupa una posición de gran importancia en la cual tiene que representar no solo a su país, sino también al Presidente. Ocupar esta posición no es lo mismo que ejercerla adecuadamente. Para esto último, es indispensable una formación académica y profesional acorde con la naturaleza de las funciones diplomáticas, a desempeñar. Esta afirmación se hace en vista  de que muchos países han venido adquiriendo  la costumbre de considerar los cargos diplomáticos como vías de escape para personas que por diferentes razones el Jefe del Estado prefiere mantener alejadas en un momento dado.

Embajadores políticos
 En  oportunidades se trata de  amigos del Gobierno de turno que desean incursionar en esta profesión sin tener suficientes credenciales para ello. Es éste un fenómeno universal aunque más marcado en algunos países  que otros. Venezuela   no es precisamente una excepción a esta regla, y lamentablemente han venido proliferando en los últimos años nombramientos políticos de Embajadores y otros funcionarios diplomáticos que dejan muy mal parado al país. Desde luego que hay algunos casos en que el nombramiento, por razones políticas pudiera estar justificado, pero no es menos cierto que si  fuese indispensable, el Jefe del Estado debería, cuando menos, escoger, entre sus colaboradores, personas  con   formación que tenga alguna afinidad con el cargo que va a desempeñar. La conclusión sería que no todos los nombramientos políticos para cargos de Embajadores deben ser criticados ya que evidentemente  hay honrosas excepciones de quienes sin ser expertos en relaciones internacionales lo han hecho tan bien como el más preparado de los internacionalistas y por otra parte, hay también lo contrario, es decir, profesionales de esta disciplina que no llegaron a cumplir su trabajo a cabalidad. Hechas estas observaciones generales, y a objeto de tratar de encontrarles alguna  justificación al porque se han hecho, es fácil comprobar  porque no se puede improvisar en los  trabajos que normalmente  realizan las Embajadas.

Porque no se debe improvisar con el nombramiento de Embajadores políticos sin experiencia vocación ni afinidad con la Carrera  Diplomática
 Uno de los muchos ejemplos, sería el de un Embajador, político, recién llegado a su Misión, sin experiencia, conocimientos ni formación en las relaciones internacionales ni diplomáticas que desee comenzar a trabajar como tal. En este sentido, cabe observar que las labores a desarrollar  son bastante específicas y no hay nada que inventar,  por lo que no se puede improvisar. Elaborar un informe político o económico  sobre lo que acontece en el país donde se encuentra acreditado no es fácil si no existe un mínimo de conocimientos sobre cómo hacerlo.  Se recordara que  la información, es una de las funciones más importantes que debe atender un diplomático y  si fuese este el caso, como, donde, cuando y en qué oportunidad debe este funcionario ubicar el conjunto de datos y noticias que le permitan elaborar la información que le ha solicitado su cancillería o que él, motu propio, desee elaborar? Obviamente, que las carencias saltan a la vista si no posee una formación previa en cuanto a la planificación y desarrollo del trabajo a realizar y del tema que se desee informar. Es aquí precisamente  donde requiere ayuda, razón por la que tendrá que acudir a funcionarios subalternos, seguramente profesionales de la diplomacia, para que lo asesoren en la forma y manera de elaborar el trabajo que se propone remitir a su Gobierno.
En casos como este, resulta bastante probable que la dependencia del Embajador, con respecto a sus subordinados, que si conocen estos temas y la forma de abordarlos, pudiera constituir una especie de minusvalía al comprobar que lo que él no pudo elaborar adecuadamente, lo hicieron los subalternos de su Embajada. Situaciones como esta son bastante comunes y la experiencia lo confirma. Pero en el supuesto de que el Embajador desee aventurarse y no consultar, corre el riesgo de no saber interpretar a la luz de la orientación que pudiera darle un funcionario diplomático experimentado, los elementos esenciales y convincentes que necesariamente deberían quedar reflejados en la materia objeto de análisis.  No se trata solo de entender o no situaciones que a menudo se presentan  para captar mejor el mensaje  implícito en las relaciones internacionales. Hace falta también consustanciarse con  la  redacción  así como con la  observación de  los tratos protocolares que ella debe incluir. Pero el tema de la redacción no es el único en el que el Jefe de Misión improvisado puede tener limitaciones. Existen innumerables temas, que de presentarse, pudieran  comprometer la capacidad de análisis de cualquier funcionario que no domine en un momento dado una situación específica o que no tenga respuestas ante preguntas y hechos que se presentan. Imagínese el lector por ejemplo, cual sería la actuación de estos funcionarios si en un momento dado son requeridos,  para atender una solicitud de asilo que se le formule. O simplemente, si  se está frente a una compleja negociación; como  actuar sin comprometerse  si en un momento dado no tiene instrucciones gubernamentales? Se arriesgara a negociar? Conocerá sus limitaciones? Dará asilo al solicitante ejecutivamente?. Que responderá ante alguna pregunta suspicaz que oralmente le formule el Gobierno ante el cual se encuentra acreditado?. En fin, son muchas las interrogantes que con toda seguridad  tendrá que responder el Embajador político, y que de no hacerlo adecuadamente pudieran generar múltiples inconvenientes al país que lo ha acreditado. Pero lo anterior no se circunscribe solo al ámbito diplomático; en la esfera consular han ocurrido infinidad de tropiezos causados por la improvisación.

Aun se recuerdan, entre muchos otros, los problemas causados por un aprendiz a Cónsul General, que sin experiencia ni conocimiento alguno, procedió a celebrar un matrimonio en el Consulado, entre compatriotas que se lo habían solicitado. El flamante funcionario  casó a la pareja sin tomar en cuenta disposiciones expresas del Código Civil venezolano, que señalan quienes  son las  autoridades competentes para celebrar el matrimonio: Art 82. El matrimonio se celebrara ante uno cualquiera de los siguientes funcionarios: Primera Autoridad Civil de la Parroquia o Municipio, el Presidente de la Junta Comunal, Juez de la Parroquia o Municipio, Jefe Civil del Distrito o  Presidente del Concejo Municipal. Al no hacer referencia a los Cónsules, obviamente estos no pueden casar. Quiere esto decir, que la pareja casada por el funcionario consular venezolano no quedó legalmente casada por lo que en realidad,  comenzó a vivir  en concubinato. Casos como este, y otros parecidos, han ocurrido, pero aunque afortunadamente no son frecuentes,  lo cierto es que ha tenido que intervenir el Ministerio de Relaciones Exteriores para tratar de solventar los problemas e inconvenientes causados  por quienes al amparo de la improvisación,  han incursionado en terrenos que no conocían.

El Diplomático profesional.
 En el supuesto de que el Embajador fuese un diplomático profesional, no debería tener problema alguno en  interpretar lo que ocurre, en el país donde cumple funciones,  lo cual, con su experiencia y conocimientos transforma de  inmediato en  informes. Para la elaboración de estos trabajos, el diplomático profesional conoce donde están las fuentes informativas, como utilizarlas y analizarlas, dejando por sentado que no debería parcializarse  en cuanto al enfoque del tema. Paralelamente, sabe que la depuración del material recaudado es importante, e igualmente  que cotejar la misma con sus colegas, si  fuese necesario, no deja de ser razonable. Sabe  que previo al análisis deberá hacer un bosquejo general, del tema que aborda y luego  desarrollarlo con objetividad, imparcialmente y sin dejar de aludir al epígrafe del informe. Posteriormente, es recomendable, elaborar las conclusiones inherentes al informe,  que deben mantener cierta cronología  para su mejor comprensión. En la elaboración del informe, y específicamente en las conclusiones, no debe perder de vista el conocimiento de las reglas gramaticales y, de ser posible, el  uso de las inflexiones verbales que puedan permitir en un momento dado,  al que elabora el trabajo, no comprometerse más allá de lo permisible, al momento de hacer señalamientos que pudieran dejar ver afirmaciones en lugar de suposiciones, o de diagnósticos en lugar de pronósticos.
En vista de la importancia atribuida al trabajo realizado por los funcionarios del Servicio Exterior  se ha insistido mucho, desde la cátedra universitaria, en la necesidad de obtener niveles sino óptimos, por lo menos aceptables de redacción, acorde con la tradición de la Cancillería. En alguna oportunidad, se le escucho decir a uno de los más prominentes diplomáticos venezolanos, el Embajador Marcial Pérez Chiriboga, tempranamente fallecido, el orgullo de poder afirmar  en Venezuela que las Leyes y Reglamentos  de la República así como las  comunicaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, estaban excelentemente bien redactadas y con la precisión suficiente para que casi no hubiesen lagunas de interpretación.

Evidentemente que entre la afirmación anterior, escuchada hace unos 20 años y lo que ocurre actualmente, existen diferencias sustanciales. En todo caso, se debe abogar siempre por una mejor redacción, y en ese sentido, no se escatimó esfuerzo alguno en elaborar unas sugerencias y recomendaciones que quedaron plasmadas en un Taller sobre Preparación y Redacción de Notas e Informes, que incluyó aspectos documentales   relevantes, en esta materia, el cual  desarrollaron como Seminario   el Instituto de Altos Estudios Diplomáticos Pedro Gual, de la Cancillería y las universidades nacionales.  El contenido del citado Taller fue  el siguiente:

PROTOCOLO CEREMONIAL DE ESTADO
SEGUNDA PARTE

LA  PRECEDENCIA

Según la Enciclopedia Sopena, la palabra Precedencia viene del latín  praecedentia que significa prioridad o anterioridad,  antelación en el orden, tiempo o lugar, preeminencia o preferencia. Primacía, superioridad.. Preceder del latín praecedere, ir delante, anteceder, tener preferencia.
La Enciclopedia Espasa abunda en detalles y considera igualmente que la Precedencia es prioridad, antelación en el orden, preferencia en el lugar y el asiento. Primacía, superioridad. Señala además que es el lugar que a una persona o autoridad corresponde con relación a otra que viene detrás. En una acepción más general “es el lugar que corresponde ocupar a una persona o autoridad en todo acto o solemnidad al que concurre con otras. “Esta materia es sumamente importante en la vida, así como la inobservancia del Ceremonial, el Protocolo y la Etiqueta, ha sido motivo en ocasiones de gravísimos conflictos. Ejemplo de estas cuestiones fue la sostenida en las Cortes de Alcalá en 1348, entre los procuradores de Burgos y Toledo, sobre quien debía hablar primero, cuestión que soluciono Alfonso XI diciendo: “Hable Burgos primero que yo hablaré por Toledo”. La misma Enciclopedia considera que no siempre debe verse en estos asuntos un punto de orgullo, pues “frecuentemente son expresión de las prerrogativas y  de la dignidad del cargo de que  está investido, y que no es posible dejar de observar ya que están esas consideraciones, por encima de la persona y de los intereses particulares”. De aquí la necesidad de reglas que regulen lo mas completamente posible el lugar que cada cual debe de ocupar a fin de evitar rozamientos y disgustos. Lo cierto es que como dice la Enciclopedia, la Precedencia, debido a la importancia que siempre se le ha conferido, fue causa en la Antigüedad y en la Edad Media, de infinidad de conflictos que no resulto fácil solucionar. El Papa, los Emperadores, Reyes y  Príncipes, consideraban que no podían ceder a sus privilegios y desde luego, no autorizaban a sus representantes a aceptar una posición inferior a la que ellos consideraban les correspondía. El problema de la Precedencia, continuaba sin solución.
 Según los historiadores, en el año 1504, apareció una Bula Papal atribuida al Papa Julio II, quien aparentemente, en un esfuerzo del Vaticano, habría intentado solucionar el problema. Para aquella época, se dio a conocer un Reglamento de Precedencia que ubicaba en la prestigiosa Lista las primeras 28 posiciones. Se dice  que fue aplicado por primera vez en 1504, en ocasión de una recepción ofrecida por el Rey de Inglaterra, e igualmente que  allí se disponía como sigue la ubicación de los lugares y puestos referidos los cuales  eran, en el mismo orden, y después del Papa, a quien por respeto nadie discutía su preeminencia, los siguientes:

 Reglamento de Precedencia atribuido al Papa Julio II en el año 1504.
1) El Papa, Representante del Vaticano            2) Emperador de Alemania
3) Rey de los Romanos                                        4) Rey de España
5) Rey de Francia                                                6) Rey de Aragón
7) Rey de Portugal                                              8) Rey de Portugal
9) Rey de Inglaterra                                           10) Rey de Sicilia
11) Rey de Escocia                                              12) Rey de Hungría
13 Rey de Navarra                                             14)Rey de Chipre
15) Rey de Bohemia                                           16) Rey de Polonia
17) Rey de Dinamarca                                        18) Liga Suiza
19) Duque de Bretaña                                        20)  Duque de Begoña etc etc

Hasta fines del Siglo XIX, la clasificación anterior fue aceptada como válida y como un intento del Vaticano por resolver los problemas derivados de la Precedencia, no obstante, el investigador Ernest Nys comprobó que no era verdad lo que se afirmaba y que no se había tratado de otra cosa que de una relación hallada en las primeras páginas del diario “Paris de Grassis”, de Bolonia,  la cual se refería solamente al Ceremonial que se había observado en Roma, en ocasión del recibimiento de la Embajada del Rey de Inglaterra. Hoy día, esa clasificación, según Ferreira de Melo,  “se cita únicamente a título de curiosidad como posible expresión del ceremonial pontificio de aquella época, pero que de ninguna manera llego a constituir precedente.” También se hace necesario señalar que el Emperador de Alemania, ocupaba la primera posición después del Papa, la cual mantuvo hasta la abolición del Sacro Imperio Germánico en 1806. Igualmente, resulta importante destacar que la afirmación atribuida al Rey de Suecia, según la cual: “de ahora en adelante todas las testas coronadas son iguales”, contribuyo a buscar soluciones al problema planteado.

El Marqués de Pombal y la Precedencia
Para el año  1760, aparece en escena el Marqués de Pombal, un estadista portugués de amplio prestigio,  reconocido como uno de los verdaderos pioneros en materia de Precedencia.  Pombal fue muy lejos en cuanto a cómo y en qué forma debía ser aplicada la Precedencia,  y, en ese sentido  en ocasión del matrimonio  de la Princesa de Brasil, heredera al Trono Portugués, anunció a los invitados, Embajadores extranjeros acreditados, por medio de una Nota Circular, que a partir de ese momento LA PRECEDENCIA DE TODOS LOS EMBAJADORES  EN LISBOA SERIA REGULADA POR LA FECHA DE PRESENTACIÓN DE SUS CARTAS CREDENCIALES. Aquella advertencia formulada por el Marqués de Pombal, no podía pasar desapercibida y de inmediato encontró respuesta en el Embajador de Francia, el Conde de Merle quien aparentemente se rehusaba a cumplir con la reglamentación impuesta unilateralmente por Pombal. Lo cierto es que después de muchas observaciones a favor y en contra de la decisión tomada, a la mayoría de los invitados comenzó a parecerles lógico el planteamiento y aceptaron  concurrir a la recepción con lo cual quedaba prácticamente sellada para la historia la importancia de la fecha de presentación de las Cartas Credenciales como principio fundamental de la Precedencia. La valentía y la firme postura asumida por el estadista portugués habrían de granjearle reconocimiento futuro.

El Congreso de Viena de 1815
 Unos años después, el Congreso de Viena celebrado en 1815,  le dio la razón al Marqués de Pombal, al legislar en ese sentido y afirmar, categóricamente, que a partir de ese momento, la Precedencia de los Jefes de Misión quedaba regulada por la fecha de presentación de las Cartas Credenciales de los Embajadores o notificación oficial de su llegada al país. Es de advertir sobre el particular, que ese principio es actualmente regla universal, aceptada en todos los países. El Reglamento de Viena estableció además que las Cortes no daban Precedencia. Si bien es cierto que el Congreso de Viena logro solucionar el problema de la Precedencia entre los Agentes Diplomáticos, no tuvo éxito en cuanto al propósito de lograr la igualdad jurídica de los Estados. Sin embargo, se le considero un punto de partida para consideraciones posteriores sobre el mismo tema. La Historia Universal  ha enseñado dolorosas enseñanzas al respecto. Antes, como ya fue mencionado, los Estados poderosos se valían de su mayor poder militar y económico para sojuzgar a los demás países.

Hoy día, aunque con algunas variaciones impuestas por la Comunidad Internacional, el escenario ha cambiado pero no han desaparecido del todo las injusticias ni los temores del débil ante los más fuertes. Una cosa es la igualdad jurídica, producto de apariencias y otra la desigualdad política y económica, francamente inaceptable en la sociedad actual. Aunque hechos y movimientos políticos importantes en la Historia, como la Revolución Francesa, la Declaración de los Derechos Humanos, la creación de la Sociedad de las Naciones y más recientemente   la Organización de las Naciones Unidas y  la Organización de Estados Americanos han puesto su grano de arena cada una para lograr una mayor igualdad social,  la misma no es absoluta. Así, no dejó de ser criticado  que luego de finalizadas las Guerras Mundiales, el mundo se lo repartieron prácticamente entre Estados Unidos, Francia, Gran Bretaña y Rusia. Es cierto que el desarrollo de los acontecimientos hizo que la composición  de las Naciones Unidas no pasara por alto las reivindicaciones de muchos países en materia de Precedencia, pero ello  solo fue considerado  un logro, en la Asamblea General, en la que vale tanto un voto de cualquier país africano, por muy pobre y desasistido que sea, como el  de uno de los llamados del Primer Mundo.
Pero lo que resulta un poco antipático, para no decir que irritante, es que a nivel del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, entre los Miembros Permanentes, se escogieran solamente cinco. En este momento, ellos son: Estados Unidos, Rusia, China, Gran Bretaña y Francia, siendo de destacar que  además del privilegio de estar en ese exclusivo “club”, mantienen lo que se conoce como el poder del Veto.  Es precisamente en ese sentido, en donde  podría preguntarse: Porque  esos cinco países son los únicos que pueden formar parte de los Miembros Permanentes del Consejo de Seguridad?  Es que no constituye  una discriminación que otros  no puedan integrar tan selecto grupo?. Al reflexionar sobre el tema la imaginación regresa al Congreso de Viena de 1815, que intento pero no pudo conseguir la verdadera igualdad jurídica, política y social de las naciones del mundo. Sin embargo, no puede omitirse que en las Convenciones de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y Consulares, se avanzó bastante en cuanto a los deberes y derechos de los Estados signatarios.

Tipos de Precedencia
Continuando el tema de la Precedencia,  se da a conocer de seguidas un grafico que pretende ubicar   los distintos tipos  y formas de Precedencia:
a)Rango y Precedencia de los Estados
b)Precedencia en Venezuela
c)Precedencia en el Cuerpo Diplomático y Consular
d)Precedencia  Eclesiástica
e)Precedencia Militar
f)Otros tipos de Precedencia. Etiqueta y Protocolo Social  
 
 Rango y Precedencia de los Estados
Lo que había que afirmar  en este sentido se dio a conocer  unos párrafos antes por lo que no se considera necesario repetirlo, tan solo se insistirá en el deseo, con seguridad mayoritariamente compartido, de que debería haber una mejor distribución de la riqueza, elemento este que  gravita negativamente en contra de los países más necesitados.

Son tiempos de reconocer que una justa distribución de la misma permitiría   acceder a superiores niveles de vida lo cual, sin dudas, es objetivo común de estos países. Si esto llegare a ocurrir, incidiría favorablemente en la tan ansiada igualdad social que todos aspiran. Por lo demás, en cuanto al rango de los Estados, es obvio que, aceptándolo  o no, ello  continúa observándose, lamentablemente, en función del poder que cada uno  representa. En materia de Precedencia, se obtuvieron no obstante  resultados positivos, producto de las conversaciones que arrancaron en el Congreso de Viena en 1815 y que fueron recogidas posteriormente, como se indico,  por la Sociedad de las Naciones,  la Convención de la Habana de 1928 y  por la Organización de las Naciones Unidas en 1945, así como años después por las  Convenciones  suscritas en esa misma ciudad en 1961 y 63, en materia Diplomática y Consular, en cuanto a que no hay distingos ni discriminación alguna en materia de Precedencia ni para los Estados ni para sus funcionarios toda vez que están amparados por las disposiciones allí contenidas.

Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961. Aspectos más relevantes en materia de Igualdad Jurídica de los Estados y de Precedencia.
Este instrumento legal, suscrito por Venezuela en el año 1964, contiene 53 artículos de los cuales dedica a ambos conceptos (Igualdad Jurídica y Precedencia), buena parte de su articulado.  Se observa así que la introducción hace referencia  a los Estados presentes en la Convención, y en tal sentido, continua: “Teniendo presente que desde antiguos tiempos los pueblos de todas las naciones han reconocido el estatuto de los funcionarios diplomáticos. Teniendo en cuenta los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas relativos a la igualdad soberana de  los Estados, al mantenimiento de la paz y de la seguridad internacional y al fomento de las relaciones de amistad entre las naciones. Estimando que una convención internacional sobre relaciones, privilegios e inmunidades diplomáticas contribuirá al desarrollo de las relaciones amistosas entre las naciones prescindiendo de sus diferencias de régimen constitucional y social. Reconociendo que tales inmunidades y privilegios se conceden, no en beneficio de las personas, sino con el fin de garantizar el desempeño eficaz de las funciones de las misiones diplomáticas en calidad de representantes de los Estados. Afirmando que las normas del Derecho Internacional consuetudinario han de continuar rigiendo las cuestiones que no hayan sido expresamente reguladas en las disposiciones de la presente Convención, han convenio lo siguiente.”
En su primer artículo define los conceptos de Jefes de Misión, del personal diplomático y  locales de la Misión. En el Art. 2 indica que el establecimiento de relaciones diplomáticas entre Estados es por consentimiento mutuo, lo cual refleja, obviamente, que no pueden ser aceptadas imposiciones en tal sentido. En otras palabras, es una manera de reconocer la igualdad jurídica y política de los Estados. En los artículos siguientes se refiere a las funciones, deberes y derechos de los funcionarios diplomáticos y en el Art. 9, se manifiesta una clara e inequívoca señal de la soberanía del Estado, el cual podrá incluso declarar persona “non grata” a un diplomático de otro Estado, lo que obliga a su retiro por parte del país  Acreditante. Los artículos 11 y 12, son igualmente claros y no dejan ningún tipo de dudas en cuanto a las decisiones soberanas que pueden tomar los Estados en materia del número  de personas y oficinas que el Estado Receptor se encuentra dispuesto a aceptar.

La Precedencia es abordada en la Convención, entre los artículos 13 y 18, ambos inclusive. Allí se reafirman los conceptos originarios emitidos por el Marqués de Pombal, recogidos posteriormente por el Congreso de Viena de 1815, relativos a la fecha de presentación de las Cartas Credenciales, como inicio de la Precedencia para el Embajador. El resto del articulado se refiere principalmente a las inmunidades y privilegios de los agentes diplomáticos, los cuales, por su amplitud, serán vistos  en otro capítulo conjuntamente con las que corresponden a los funcionarios consulares.

Precedencia en Venezuela
El cambio de Gobierno ocurrido en Venezuela en Febrero de 1999 trajo consigo una serie de reformas de las cuales no podían escapar el Ceremonial y el Protocolo. Las costumbres y usos hasta entonces en vigor afectaron la ubicación de las distintas personalidades y la eliminación de otras, en los distintos actos públicos. Ello obliga, para su mejor comprensión, a considerar los dos tipos de Precedencia utilizadas en lo que se ha dado en llamar  IV y V República.  A continuación, las características más relevantes entre ambas administraciones, no sin antes advertir que el Ministerio de Relaciones Interiores de Venezuela, por medio de la Dirección General Sectorial  del Ceremonial y Acervo Histórico de la Nación, acostumbra dar a conocer periódicamente una Lista Protocolar  de Precedencia de las Altas Autoridades Civiles, Militares y Dignidades Eclesiásticas, de acuerdo a cuyo contenido puede observarse  lo siguiente:

IV República
 
1.Presidente de la República.
2.Presidente del Congreso Nacional.
3.Vice Presidente del Congreso Nacional..
4.Presidente de la Corte Suprema de Justicia.
5.Su Eminencia el Cardenal Arzobispo de Caracas.
6.Fiscal General.
7.Contralor General.
8.Procurador.
9.Presidente del Consejo Supremo Electoral..
10.Presidente del Consejo de la Judicatura.
11.Ex Presidentes de la República por antigüedad.
12.Ex Presidente de la Junta de Gobierno.

Consejo de Ministros
 1.Ministro de Relaciones Interiores.
2.Ministro de Relaciones Exteriores.
3.Ministro de Hacienda.
4.Ministro de la Defensa.
5.Ministro de Fomento.
6.Ministro de Educación.
7.Ministro de Sanidad y Asistencia Social.
8.Ministro de Agricultura.
9.Ministro  de Trabajo.
10.Ministro de Transporte y Comunicaciones.
11.Ministro de Justicia.
12.Ministro de Energía y Minas.
13.Ministro del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables..
14.Ministro del Desarrollo Urbano.
15.Ministro de la Familia..
16.Ministro de la Secretaria de la Presidencia de la República.
17.Ministro de Estado para Asuntos Fronterizos.
18.Ministro de Estado Jefe de la Oficina Central de Información.
19.Ministro de Estado para el Turismo.
20.Ministro de Estado para la Descentralización.
21.Ministro de Estado para la Educación, Ciencia y Tecnología.
22.Ministro de Estado para la Juventud.
23. Ministro de Estado para la Planificación. Cordiplán.
24.Ministro de Estado para Asuntos Financieros Internacionales.
25.Gobernador del Distrito Federal.
26.Presidente del Fondo de Inversiones de Venezuela.
27.Presidente del Consejo Nacional de la Cultura (Conac)...
28.Comisionado Presidencial para la Vigilancia de la Administración Pública.
 
Alcaldías del Distrito Federal
1.Alcaldía Mayor.
2.Alcaldía Del Municipio Libertador.
3.Alcaldía del Municipio Vargas.

Alcaldías del Estado Miranda. Área Metropolitana
1.Alcaldía del Municipio Sucre.
2.Alcaldía del Municipio Baruta.
3.Alcaldía del Municipio El Hatillo.
4.Alcaldía del Municipio Chacao.

Alto Mando Militar
1.Inspector General de las Fuerzas Armadas.
2.Jefe del Estado Mayor Conjunto.
3.Comandante General del Ejército.
4.Comandante General  de la Armada.
5.Comandante General de la Aviación.
6.Comandante General de las Fuerzas Armadas de Cooperación.

Directores Ejecutivos
1.Oficina Central de Personal..
2.Oficina Central de Estadística e Informática.
3.Oficina Central de Presupuesto.
4.Secretario del Consejo Nacional de Seguridad y Defensa.

Academias
1.Director de la Academia Nacional de la Lengua.
2.Director de la Academia Nacional de la Historia.
3.Director de la Academia Nacional de Medicina.
4.Director de la Academia Nacional de Ciencias Políticas y Sociales..
5.Director de la Academia Nacional de Matemáticas.
6.Director de la Academia Nacional de Ciencias Económicas.

Universidades Nacionales
1.Rector de la Universidad Central de Venezuela.
2.Rector de la Universidad Simón Bolívar.
3.Rector de la Universidad Simón Rodríguez.
4.Rector de la Universidad Andrés Bello.
5.Rector de la Universidad Metropolitana.
6.Rector de la Universidad Santa María.
7.Rector de la Universidad Nacional.
8.Rector de la Universidad José María Vargas.

Miembros del Consejo de la Orden del Libertador.

Directores
1.Director General del Ministerio de la Secretaria de la Presidencia de la República.
2.Director General Sectorial del Ceremonial y Acervo Histórico de la Nación.
3.Director General Sectorial del Protocolo del Ministerio de Relaciones Exteriores.
4.Director del Protocolo del Congreso Nacional.
5.Director General de Relaciones Publicas del Ministerio de la Defensa.
6.Secretario Privado del Presidente de la República.
7.Jefe de la Casa Militar del Presidente.
 
Miembros del Arzobispado de Caracas.
 
Presidente de la Sociedad Bolivariana de Caracas.
 
Prefecto del Municipio Libertador del DF.
 
Presidentes de Institutos Autónomos.
1.Presidente de la Corporación Venezolana de Guayana.
2.Presidente de  la Comisión Presidencial para la Reforma del Estado (COPRE).
3.Presidente de la CONACUID.
4.Presidente del Banco Central de Venezuela.
5.Director Gerente del Instituto de crédito Agrícola.
6.Presidente del INAVI.
7.Presidente del INAM.
8.Presidente de Hidrocapital.
9.Presidente del IVSS.
10.Presidente del Instituto Autónomo de Ferrocarriles.
11.Presidente del Consejo Nacional de economía.
12.Presidente de la Compañía Nacional de Diques y Astilleros.
13.Presidente del I.N.D.
14.Presidente del Instituto Agrario.
15.Presidente del Instituto Nacional de Canalizaciones.
16.Presidente de la Biblioteca Nacional.
17.Presidente de CADAFE.
18.Presidente de FEDE.
19.Presidente del BIV.
20.Presidente del CSB.
21.Presidente del INCE..
22.Presidente de PDVSA.
23.Presidente de BANAP.
24.Presidente de la CTV.
25.Presidente de FEDECAMARAS.
26.Presidente de la Fundación Gran Mariscal de Ayacucho.
27.Presidente de CAVIM.
28.Presidente del Instituto de Altos Estudios de la Defensa Nacional..
29.Presidente del IPASME
30.Presidente de la Federación Campesina de Venezuela.
  
Gobernadores.
La Precedencia establecida para los Gobernadores, de acuerdo a lo dispuesto por la Dirección General del Ceremonial y Acervo Histórico de la Nación, del Ministerio de Relaciones Interiores,  se hizo en atención estricta al orden alfabético, excluyendo al Gobernador del Distrito Federal por formar parte este del Consejo de Ministros.
1.Gobernador del Estado Anzoátegui
2.Gobernador del Estado Apure
3.Gobernador del Estado Aragua
4.Gobernador del Estado Barinas
5.Gobernador del Estado Bolívar
6.Gobernador del Estado Carabobo
7.Gobernador del Estado Cojedes
8.Gobernador del Estado Falcón
9.Gobernador del Estado Guárico
10.Gobernador del Estado Lara
11.Gobernador del Estado Mérida
12.Gobernador del Estado Miranda
13.Gobernador del Estado Monagas
14.Gobernador del Estado Nueva Esparta
15.Gobernador del Estado Portuguesa
16.Gobernador del Estado Sucre
17.Gobernador del Estado Táchira
18.Gobernador del Estado Trujillo
19.Gobernador del Estado Yaracuy
20.Gobernador del Estado Zulia
21.Gobernador del Territorio Federal Amazonas
22.Gobernador del Territorio Federal Delta Amacuro.

V  REPÚBLICA
Se señalo al principio del capítulo que se habían producido una serie de cambios en materia de Precedencia venezolana, en las dos últimas administraciones. La anterior mantenía más o menos el mismo status de aquellas a las que había sucedido, con ligeras variaciones como por ejemplo, los ascensos, en cuanto a posición se refieren, del Fiscal, Contralor y Procurador, a las posiciones 6, 7 y 8 respectivamente, desde los puestos 33, 34 y 35 que antes ocupaban. También se produjo el descenso del Presidente del Consejo Supremo Electoral del puesto No 6 al número 9 y el Consejo de la Judicatura que pasó del número 7 al 10.
Los cambios acontecidos fueron consecuencia de hechos y circunstancias e innegablemente a la presión ejercida por los titulares de quienes se consideraban afectados por mala ubicación protocolar. En este sentido, vale la pena señalar algunos hechos relevantes sobre el particular. Recuerda el autor que durante la presidencia de Rómulo Betancourt, fue nombrado como Primer Cardenal de Venezuela, su Eminencia José Humberto  Quintero.
 
A su llegada al país, y con la euforia popular desatada por tan acertado nombramiento, el Presidente Betancourt lo ubico a su derecha en un acto oficial y a su izquierda al Dr. Luis Beltrán Prieto Figueroa, a la sazón Presidente del Congreso Nacional. Hasta donde se sabe, el Dr. Prieto Figueroa no estuvo de acuerdo y manifestó su molestia por haber quedado, según sus palabras, desubicado, en materia de Precedencia con el Cardenal. Este hecho, aparentemente insignificante, trajo sus consecuencias y de allí en adelante el afectado hizo saber que no cedería su puesto bajo ninguna circunstancia. Años después, el Fiscal General de la República, Ramón Escovar Salóm, mostró su disgusto y señaló que no asistiría mas a actos públicos si no se le otorgaba la posición que le correspondía en materia de Precedencia. Su incomodidad la vinculó a la mejor posición que ocupaba el Presidente del Consejo Supremo Electoral. El hecho adquirió notoriedad en la opinión pública y en ese sentido, un artículo de opinión del autor en el diario El Universal, el día 15 de Mayo de 1991, cuyo título decía: “El Fiscal General y el Protocolo”, se fijó posición dándole la razón al Fiscal, en solidaridad con su justo reclamo. Poco tiempo después, fue corregida esta situación, conjuntamente con las del Contralor y Procurador y seria elaborada una nueva Lista Protocolar en la cual todos quedaron satisfechos.
 En la actualidad, y según la Lista suministrada por la Dirección General Sectorial del Ceremonial y Acervo Histórico de la Nación, se observan cambios importantes en materia de Protocolo y Ceremonial de Estado. En primer lugar. Es de mencionar que antes, los Poderes públicos, Ejecutivo, Legislativo y Judicial, estaban claramente representados y también había un reconocimiento al denominado Poder Eclesiástico, mediante la inclusión del Cardenal Arzobispo de Caracas, en la posición número 5. Para estos momentos, ya no son solo los tres poderes antes mencionados; ahora existe también el Poder Ciudadano, que está representado por el Fiscal, el Contralor y el Defensor del Pueblo,  el Poder Electoral y el Poder Moral. El Congreso Nacional, antes bicameral,  fue eliminado y sustituido por la Asamblea Nacional  integrada solo por Diputados. En lugar de los dos representantes que antes tenía aquel, Presidente y Vicepresidente, ahora solo existe uno, el Presidente, como representante de la Asamblea Nacional. La Corte Suprema de Justicia pasó a llamarse Tribunal Supremo de Justicia.  Se creó también la Vice-Presidencia  y se eliminó la presencia de la Iglesia. La nueva Lista Protocolar, en sus primeras posiciones, quedó conformada como sigue:
 
1.Presidente de la República
2.Presidente de la Asamblea Nacional
3.Presidente del Tribunal Supremo de Justicia
4.Fiscal General de la República
5.Presidente del Consejo Nacional Electoral
6.Contralor
7.Defensor del Pueblo
8.Procurador
9.Vice-Presidente
10.Ministro de Relaciones Interiores
11.Ministro de Relaciones Exteriores
12.Ministro de Hacienda
13.Ministro de Defensa
14....15)...16...etc.,, continúan los nombres de los demás Despachos del Ejecutivo, con cambios de nombres en algunos casos  y eliminación en otros. Al terminar estos, la posición siguiente pertenece al Alcalde Mayor, institución reciente electa por votación popular, directa y secreta, que sustituyó al Gobernador del Distrito Federal, el cual era nombrado por el Presidente de la República. Después del Alcalde Mayor, continua el sistema como en la IV República, respetando la antigüedad de las diferentes alcaldías, sigue el Alto Mando Militar y luego el resto de las personalidades que ocupan las demás posiciones previstas en la Lista de Protocolo y Ceremonial, que es más o menos la misma de la IV República,  conservando su Precedencia, y tan solo variando, en algunos casos, el nombre de las Instituciones que representan.
El Presidente de la República ocupa la primera posición, es decir, la de mayor Precedencia, en todos los Actos públicos organizados por el Poder Ejecutivo. No obstante, en vista de la separación de los distintos poderes, es posible observar que si se realizara un Acto del Poder Legislativo, su titular no cede la Precedencia, ocupando éste la primera posición, ubicándose el Presidente de la República a su derecha. A la izquierda del Presidente de la Asamblea estaría  el representante del Tribunal Supremo de Justicia, y así sucesivamente, siguiendo siempre la costumbre protocolar de  alternar la  derecha como primera posición y la izquierda como segunda. Si el Presidente de la República hace acto de presencia en cualquier acto organizado por los distintos Gobernadores de Estado, máximos representantes del Ejecutivo Regional, los desplaza inmediatamente y  pasaría a ocupar la primera posición. No ocurre lo mismo en las distintas Alcaldías las cuales, por formar parte de un poder distinto, no ceden su Precedencia, siquiera ante el Presidente de la República.

Precedencia en el Cuerpo Diplomático
En muchos países, la Jefatura del Cuerpo Diplomático corresponde al Decano, figura ésta que ejerce su cargo, honorífico, como vocero del colectivo. Se trata del Embajador que tiene mayor antigüedad. En otros países como en Venezuela, al igual que en Latinoamérica, muchos  africanos y otros europeos, el cargo de Decano del Cuerpo Diplomático lo ejerce el Nuncio Apostólico, representante del Estado Vaticano y de su Santidad el Papa. En el caso especifico de Venezuela, la razón  de que así sea está en función de un Concordato suscrito con la Santa Sede, lo cual se explica en el Capitulo referente al Protocolo y Ceremonial Eclesiástico. Al reconocer la primacía o Precedencia del Nuncio en Venezuela, el orden protocolar queda establecido de la siguiente manera:

1.Nuncio
2.Embajadores extranjeros por antigüedad (Fecha de presentación de las Cartas Credenciales)
3.Embajadores nacionales ( Por antigüedad)
4.Ministros Plenipotenciarios (Por antigüedad)
5.Encargados de Negocios Ad Hoc (Según fecha de presentación de Cartas de Gabinete)
6.Encargados de Negocios Ad Ínterin (Según  su antigüedad en el cargo)
7.Ministros Consejeros (Ídem)
8.Consejeros (Ídem)
9.Primeros Secretarios (Ídem)
10.Segundos Secretarios (Ídem)
11.Terceros Secretarios (Ídem)
12.Agregados: Políticos, Culturales y Comerciales.(Precedencia según Embajada)
13.Agregados Militares: (Según su rango)
14.Ayudantes Militares.

La Precedencia es y debe continuar siendo, rigurosamente observada, a objeto de evitar incomodidades y molestias innecesarias. El Embajador adquiere la suya a partir del momento de la presentación de sus Cartas Credenciales. En el supuesto de que concurran dos o más el mismo día, a presentarlas, la Precedencia la tiene el que presenta primero, aunque sea con minutos de diferencia y ello significa que va siempre antes del que presento minutos después. El criterio de Precedencia es válido igualmente para el resto de los funcionarios antes citados, con las modalidades inherentes a cada una de sus diferentes categorías o rangos. Con objeto de clarificar y evitar problemas derivados de hechos que suelen ocurrir cuando se está en servicio en el exterior, se consideró conveniente dar a conocer el texto de la Reglamentación Conjunta que en materia de Protocolo y Ceremonial, emitieron la Dirección del Protocolo del M.R..E., y del Ceremonial y Protocolo Militar del Ministerio de la Defensa, mediante la comunicación No DIP.Circularl-4, del 5 de Mayo de 1993, la cual se explica por sí sola.
 
Precedencia que debe regir en todas las Representaciones Diplomáticas Venezolanas.
“Cumplo con informarle que el Despacho, de acuerdo con la práctica y costumbre internacional y lo estipulado en los Artículos 3 y 70 de la Ley del Personal del Servicio Exterior, en relación con las funciones desempeñadas, establece una separación entre el personal diplomático, cuyas labores son estrictamente diplomáticas, y el personal técnico, aunque a este último se le otorguen reconocimiento y privilegios diplomáticos a fin de facilitar el desempeño de sus funciones.
Si bien es cierto que los grados militares tienen equivalencia con los rangos diplomáticos, los primeros no tienen el status de los segundos, por lo que su ubicación Serra después de los funcionarios que conforman el personal diplomático. Solamente el Agregado Militar con rango de General o su equivalente en la Armada, se podrá colocar, en actos protocolares, después del funcionario que en ausencia del Embajador quede como Jefe de Misión en calidad de Encargado de Negocios Ad Ínterin
La Resolución Conjunta establece claramente  la ubicación de los funcionarios antes descritos, al momento de utilizar la figura de la Precedencia. Es de mencionar que en algunas oportunidades se produjeron molestias en Embajadas venezolanas debido al desconocimiento del texto citado en el Reglamento, pero igualmente debe admitirse que una vez mostrado el mismo, el inconveniente suscitado desapareció de inmediato y fue aceptada sin reparos la ubicación protocolar allí prevista.

Precedencia Consular
Aunque la nueva Ley del Servicio Exterior de la República equipara en rango al Embajador con el Cónsul General, lo cierto es que ni éste, ni los demás funcionarios consulares que le continúan: Cónsul General de 1ª, Cónsul General de 2ª, Cónsul de 1ª, Cónsul de 2ª y Vice Cónsul, por el simple hecho de no tener una acreditación política ante el país receptor, no pueden equipararse a los funcionarios diplomáticos en materia de Representación. El ejemplo a continuación es ilustrativo. Se  ha programado la visita oficial del Presidente de la República de Venezuela, o de cualquier otro país, al exterior  De inmediato, el Estado receptor, en ejecución del programa previsto, se pone en contacto, días antes, con la Embajada del Jefe de Estado visitante. En la  Misión Diplomática no hay para el momento Embajador ni Ministro Consejero ni Consejero, sino un Primer Secretario o un Segundo, y  en el Consulado del mismo país se encuentra como titular un Cónsul General. En casos como este, resulta obvio que el Primer o Segundo Secretario, en ausencia del Embajador, debió haber sido acreditado como Encargado de Negocios Ad Ínterin previamente.
Es  en casos como este que el  funcionario diplomático al que se hace referencia, por inferior que sea en rango al del Cónsul General, lo desplaza y ocupa la posición de privilegio al momento de recibir a su propio Presidente y de atenderlo en actos oficiales. La naturaleza política del diplomático de menor rango permitió su mejor ubicación respecto del  funcionario consular por el simple hecho de que la acreditación de este tiene un carácter distinto, fundamentalmente comercial, notarial y de inmigración.
En los consulados existe igualmente una institución similar al Cuerpo Diplomático, que en este caso se llama Cuerpo Consular,  dirigido por un Decano que actúa como vocero autorizado del mismo. Por lo demás, las Precedencias que corresponden a esta otra rama del Servicio Exterior, están reguladas por la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963.

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